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domingo, 30 de octubre de 2011

Clasificación de las excepciones

1.- Perentorias.- Son las que atacan el fondo del asunto.
2.- Dilatorias.- Son las que atacan el proceso en cuanto a su forma sin atacar el fondo del asunto.

a) Objetivas.- Son las que versan sobre el documento(s) fundatorio(s) de la(s) acción(es).
b) Subjetivas.- Son las que atacan lo relativo a la personalidad, personería y legitimación de las partes dentro del juicio.

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